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Escrito por Américo Vialtres-Información Secretaria de Medios -Presidencia   
Lunes, 19 de Julio de 2010 23:06

Parte de la norma ya estaba en vigencia
Cristina Fernández firmó la reglamentación de la Ley para erradicar la violencia contra las mujeres
La Presidenta firmó el decreto de reglamentación de la Ley de protección integral a las mujeres.

 El texto surgió del debate en comisiones entre organismos oficiales, sindicatos y organizaciones sociales. Incluye, además de la violencia física y psicológica la laboral, mediática y reproductiva.
La presidenta Cristina Fernández firmó en la Casa de Gobierno la reglamentación de la Ley de protección integral a las mujeres. La norma previene múltiples casos y escenarios que incluye desde la violencia que se ejerce al negar un aborto legal hasta la difusión en los medios de comunicación de mensajes o determinadas imágenes discriminatorias hacia la mujer.

La norma "previene y sanciona las conductas que históricamente colocan, sobre todo a las mujeres y niñas, en una posición de sumisión al género masculino", explica en un comunicado la Comisión Nacional de las Mujeres.

La ley 26.485 tiene una perspectiva integral que va más allá de la violencia doméstica porque contempla la violencia de género en sus diversas formas: física, sexual, simbólica, económica, patrimonial, psicológica, y simbólica.

Esta última, a la que define como violencia mediática, incluye "a toda publicación o difusión de mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva la explotación de mujeres, injurie, difame, discrimine, o atente contra la dignidad de las mujeres".

Según plantea el artículo sexto, también se sancionará "la utilización de mujeres, adolescentes y niñas en mensajes e imágenes pornográficas", porque legitiman de esa forma "la desigualdad de trato o construye patrones socioculturales reproductores de la desigualdad o generadores de violencia contra las mujeres".

Por otro lado, incluye entre las definiciones de violencia a la laboral que es aquella que plantea una discriminación hacia "las mujeres en los ámbitos de trabajo públicos o privados y que obstaculiza su acceso al empleo, contratación, ascenso, estabilidad o permanencia en el mismo".

Sanciona también a las violaciones contra la libertad reproductiva, que vulnere el derecho de las mujeres a decidir libre y responsablemente el número de embarazos o el intervalo entre nacimientos. Obstruir el acceso a un aborto no punible es una expresión de este último tipo de violencia.

El texto de la reglamentación que se hizo público hoy se consensuó con especialistas de diferentes ministerios, la Justicia, organizaciones sociales que trabajan en la temática, académicos y expertos involucrados con la problemática de la violencia de género.

Si bien la norma se sancionó en marzo de 2009 y ya estaba vigente la parte de la ley que aplica la Justicia, restaba redactar la reglamentación de diversos artículos.

La ley contiene una gran cantidad de casos y escenarios diversos. En el capítulo tercero de la Ley, se plantean los lineamientos básicos de las políticas estatales, y el rol que deberán cumplir las carteras nacionales en las políticas de prevención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres.

Los ministerios involucrados en las medidas serán el de Salud, Educación, Desarrollo Social, Trabajo, Justicia y Defensa, además de las Secretarías de Comunicación y de la Función Pública.

En ese sentido la Comisión Nacional de la Mujer ya está trabajando en la redacción de Plan Nacional de Acción para erradicar la violencia contra las mujeres. Además tiene que elaborar una guía de servicios de atención de mujeres víctimas de violencia de todo el país, que tendrá que ser permanentemente actualizada.

Última actualización en Lunes, 19 de Julio de 2010 23:16
 
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