Generando cambio

Generando cambio

Opinión del Ministro Alak, sobre el fallo de la Corte... PDF Imprimir Correo
Escrito por Gerardo Bova   
Miércoles, 19 de Junio de 2013 11:15

Alak afirmó que el fallo de la Corte "desconoce la voluntad popular" y que "se optó por el voto calificado"

El ministerio de Justicia difundió un comunicado luego que la Corte Suprema de Justicia dictaminara la inconstitucionalidad de la elección del voto popular para la elección de los miembros del Consejo de la Magistratura. Dijo que el fallo se va a respetar, como se hizo siempre. El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Julio Alak, sostuvo ayer que el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que declaró la inconstitucionalidad de la ley de elecciones directas para los miembros del Consejo de la Magistratura “desconoce la voluntad popular expresada en el Congreso de la Nación”.
“Los jueces, los abogados y los académicos seguirán eligiéndose entre sí, y por sí mismos, para acceder a un cargo de funcionario público”, señaló el funcionario, y advirtió: “En el dilema sufragio universal o voto calificado, se optó por el voto calificado”.
En declaraciones radiales, subrayó que “la sociedad quiere una justicia independiente, incluso de sí misma, y no una que privilegie sus intereses corporativos por sobre el interés publico” y agrego que “el primer intérprete de la Constitución Nacional es el Congreso, donde está expresada la voluntad popular, que es a la que nos debemos”, destacó el funcionario.
Recordó que en la Convención Constituyente de 1994, el diputado Jorge De la Rua sostuvo que “no hubo acuerdo en incorporar al texto constitucional la cantidad de integrantes ni el método de elección de los miembros del Consejo de la Magistratura, y por ello se delegó esta facultad en el Congreso de la Nación”.
El ministro citó el voto del doctor Zaffaroni conocido esta tarde, en el que señala que “el texto constitucional (de 1994) delegó  la tarea de finalizar la estructuración del Consejo de la Magistratura en una ley especial sancionada por la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada cámara”.
“En esta línea –agrega Zaffaroni- tampoco se definió su integración pues el texto incorporado se limita a indicar los estamentos que deben estar representados, sin señalar número ni proporciones, dado que sólo impone que se procure el equilibrio.”
Alak remarcó, en este sentido, que “en cumplimiento del mandato de la reforma constitucional de 1994, el Congreso ha votado una ley absolutamente constitucional y profundamente progresista, que permite elegir democráticamente a las autoridades del Consejo de la Magistratura”, pero “lamentablemente no se podrá aplicar” remarcó el ministro. 
Explicó que la cantidad de miembros del Consejo de la Magistratura y el método de elección de esos representantes no están establecidos en la Constitución, y su reglamentación constituye, por lo tanto, una cuestión de política legislativa, que debe ser definida en el contexto armónico de la Constitucion que no puede ser suplantada por la voluntad del juez. “Lamentablemente, una vez más la Justicia ha reemplazado la voluntad del legislador, y todos sabemos que los jueces no deben gobernar”, afirmó.
En ese sentido, debe destacarse que la Corte ha interpretado sólo el artículo 114 de la Constitución, sin tener en cuenta el espíritu republicano y democrático de la Carta Magna, y en especial el de los artículos 1, 16, 37 y 38 y los artículos 21 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica).
“El Pueblo quiere votar, pero no podrá ejercer su derecho porque las corporaciones de jueces y abogados seguirán eligiendo a estos funcionarios públicos, en una intermediación que no respeta la soberanía popular”, advirtió.
“De esta manera –agregó- se mantendrá un esquema de elección corporativo, aristocrático y pre democrático. La fuente principal del Consejo de la Magistratura Argentino es el Consejo General del Poder Judicial de España, pero allí desde 1985 que los jueces no se eligen por los mismos jueces.-Hace casi 30 años que ese método fue considerado corporativo y fue anulado y sin embargo aquí se decide mantenerlo.
Alak señaló también que “el propio fallo de primera instancia reconoce que la nueva ley permite en este caso la aparición de un nuevo protagonista, el Pueblo, generándose una relación triangular. Pero el pueblo no fue parte en el procedimiento judicial. Los jueces dictaron sentencias a petición de abogados interesados en defender sus privilegios sectoriales. Pero el Pueblo no fue parte del expediente judicial, y sin embargo sus derechos constitucionales y legales fueron limitados”.
“El Pueblo, además, no quiere intermediaciones para elegir a sus representantes y por eso las ha ido eliminando a lo largo de nuestra historia: se erradicó el Colegio Electoral para poder elegir en forma directa al presidente de la Nación; eliminó las facultades de la legislaturas provinciales para elegir senadores nacionales y también la potestad del Presidente para elegir Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires”, destacó.
“Seguiremos luchando para construir un país plenamente democrático. La democratización en Argentina no fue fácil y llevo décadas: fue producto de largas luchas populares llevadas adelante con valentía y compromiso. Desde 1853 el pueblo expresó su voluntad de votar. Y en 1890, con la Revolución del Parque, comenzó la lucha encabezada por Alem e Yrigoyen, quien pudo conquistar el voto universal y secreto recién en 1916”, recordó.-
En el mismo sentido rememoró “la lucha de las mujeres anarquistas y socialistas, con Alicia Moreau de Justo, por el voto femenino, que empezó en 1918 y concluyó 30 años más tarde con la consagración de ese derecho concretado por Eva Perón”.
Finalmente se refirió también a “los condicionamientos militares a la democracia” y a “la  reacción popular que dio lugar a arduas luchas que se iniciaron en 1955 y culminaron otras tres décadas después con el Nunca Más”.
“En 1983 –agregó- se democratizaron los poderes Ejecutivo y Legislativo, pero no el Poder Judicial. La democratización de la Justicia es un nuevo desafío al que nos convoca la Presidenta.”
Por último, el ministro reiteró que “el Poder Judicial no es de los jueces ni de los abogados, es del Pueblo. Y el Pueblo, tarde o temprano, elegirá a los miembros del Consejo de la Magistratura”.
Por otra parte, en declaraciones al cabal C5N, Alak ratificó que el fallo dictado por el máximo tribunal de Justicia “será respetado, como el Gobierno siempre respetó todas las decisiones” tanto de ese cuerpo como de las distintas cámaras, y volvió a reivindicar la “absoluta constitucionalidad” de la ley de reforma del Consejo de la Magistratura.
Lamentó que la Corte “haya optado por el voto calificado” para la elección de jueces, y sostuvo que esa decisión anunciada hoy por la Corte “no es una derrota, es una lucha a largo plazo, como tantas búsquedas por reivindicaciones en la Historia”.
“Buscaremos otros métodos para lograr la democratización de la Justicia que quiere el pueblo argentino”, agregó, al sostener que “vamos a mantener el debate” sobre el tema.
Sostuvo que “en la Argentina no tenemos la posibilidad de elegir a los jueces ni la posibilidad de pedir la rendición de cuentas de sus actos, por lo cual es necesario un debate permanente” para lograrlo y evitar así dictámenes judiciales que “sean influenciados por las corporaciones económicas”.
Consultado por otra parte sobre las presuntas amenazas sufridas hoy por Juan Carlos Maqueda, miembro de la Suprema Corte de Justicia, dijo que junto con el viceministro de Justicia, Julián Alvarez, “vamos a hacer la denuncia penal correspondiente para investigar y determinar la identidad de los presuntos autores”.
“Queremos que se investigue y se apliquen las penas que correspondan, más allá que no sabemos si hay certeza de que (los autores) pertenezcan a determinada corriente juvenil o determinado partido político”.



 
Joomla 1.5 Templates by Joomlashack