En un comunicado distribuido hoy, la Dirección Nacional de Migraciones
recordó que los documentos de viaje hábiles por la Argentina para
trasladarse por países de la región (Mercosur y Estados Asociados) son:
DNI verde, celeste, tarjeta y bordó (de extranjeros), Pasaporte (emitido
por Policía Federal o Ministerio del Interior y Transporte) y Cédula de
Identidad “Mercosur” de Policía Federal (vigente). En tanto que para
naciones Extra Mercosur el único documento válido es el Pasaporte
vigente.
En caso de urgencia, los ciudadanos argentinos pueden recurrir a los
centros de servicios esprés dispuestos por el Ministerio del Interior y
Transporte para la obtención de Pasaporte al Instante y nuevos DNI en el
Aeropuerto Internacional de Ezeiza, el Aeroparque Jorge Newbery y
próximamente en los aeropuertos de Córdoba y Mendoza.
La prestación se ofrece de 6 a 24 horas, la entrega es en menos de una hora y tiene un costo un costo de 200 dólares.
Por otra parte, con el propósito de proteger a los niños en los
tránsitos fronterizos terrestres, aéreos y fluviales e impedir intentos
de tráfico y trata de personas, deben tenerse en cuenta los requisitos
en los procedimientos de entradas y salidas.
Además del documento de viaje habilitado correspondiente al destino,
necesitan autorización para salir del país todos los menores de 18 años
argentinos y extranjeros que residan en la Argentina (tengan residencia
permanente, temporaria o precaria), de acuerdo a las siguientes
consideraciones:
1- Si viajan con ambos padres, bastará con que acrediten el vínculo
mediante Libreta Civil de Familia, Partida de Nacimiento o Certificado
de Nacimiento.
2- Si el menor viaja con sólo uno de sus progenitores, además de
demostrar la relación parental con alguno de los documentos citados,
deberá acompañar la autorización del padre/madre ausente.
3- Cuando en la partida de nacimiento sólo consta la filiación materna o
paterna (de quien acompaña al menor), bastará con esta acreditación.
4- En todos los casos tienen validez la Libreta Civil de Familia, la
Partida de Nacimiento o el Certificado de Nacimiento sin importar la
fecha de su emisión, siempre que se encuentren en buen estado.
5- Si es hijo de menores no emancipados, sólo un juez podrá autorizar
la salida, aún cuando uno de los progenitores alcance la mayoría de edad
(en este caso el juez autoriza por el padre/madre menor de edad).
6- La autorización deben ser gestionada indistintamente ante: jueces de
paz y familia, autoridades del Registro de Estado Civil y Capacidad de
las Personas, escribanos públicos o cónsules argentinos en el exterior,
debidamente Certificada o Legalizada. Además, como “trámite de
excepción”, los padres pueden tramitarla en la oficinas de Migraciones
ubicadas en Ezeiza, Aeroparque y Buquebus presentando toda la
documentación requerida a esos efectos y abonando un arancel de 450
pesos.