Generando cambio

Generando cambio

General Roca (Río Negro) PDF Imprimir Correo
Escrito por Miguel Barrientos   
Miércoles, 12 de Octubre de 2011 13:01

BOLETÍN INFORMATIVO PARA EMPRESAS: DÉCIMA TERCERA EDICIÓN
La USEP Municipal reitera su acercamiento al sector empresarial local por intermedio de la Décima Tercera Edición del “Boletín Informativo para Empresas de nuestra localidad”. El mismo llegará a manos del sector como material impreso y también en versión digital.
Este medio de comunicación no sólo tiene como finalidad promocionar los servicios que ofrece la USEP sino  que busca generar un canal que permita establecer una comunicación fluida con empresarios y comerciantes de la ciudad, conociendo sus necesidades, inquietudes y aspiraciones. Esta edición contiene información y artículos referidos a Programa de Inserción Laboral "Pil Privado", Acciones de Entrenamiento para el Trabajo en el Sector Privado, y artículos de interés para el sector empresarial, tales como “Cuidar la Salud de Los Empleados Produce Retornos a Las Empresas”, “En Un Buen Clima Laboral Fluye La Productividad”, “Agenda Para La Competitividad En Recursos Humanos”, y Noticias Breves. Asimismo, incluye un artículo dónde se especifican los Servicios que brinda la USEP y cómo se pueden acceder a ellos.
Es importante remarcar, que al presente, la Unidad de Servicios para el Empleo y la Producción (USEP) ha confeccionado una base de datos con 5.500 usuarios, lo que le permite afrontar y cubrir todo tipo de demanda laboral, ya sea particular o empresarial.
La USEP considera fundamental conocer las necesidades del sector para poder accionar en consecuencia. Asimismo, se considera primordial la articulación público – privada como sostén esencial para la concreción y posterior éxito de las políticas de empleo que se conciben desde el Municipio Local.
Desde la USEP se invita al empresariado local y/o particulares, a recurrir al servicio de intermediación laboral el cual tiene como objetivo cubrir puestos laborales mediante la colocación de las personas que reúnan los perfiles adecuados. Empresarios y particulares pueden acceder al mismo dirigiéndose a las oficinas de la USEP Municipal, ubicada en Avenida Roca 1577 1 PISO, de Lunes a  Viernes de 9 a 13 horas.

REQUISITOS VENTA DE PIROTECNIA
Ante la proximidad de las fechas de venta de pirotecnia, la Municipalidad de General Roca pone en conocimiento de los interesados, disposiciones en vigencia.-
1) - La comercialización de artificios pirotécnicos, requiere  presentar  informe técnico  realizado por  Profesional  o  Técnico  Habilitado (donde  se detalla  ubicación  de las  luces de emergencia,  disyuntor  diferencial,  matafuegos, señalización,  puesta a  tierra,  ubicación de  los  artículos  de pirotecnia),  con  un  plano detallado,  visado por  el Cuerpo de Bomberos local  referente  a  elementos  contra  incendio  y  medidas  de  seguridad  (instalación  eléctrica,  disyuntor  diferencial, puesta a  tierra)  que  tiene el local  comercial.
2) - Nota de solicitud dirigida a la señora Secretaria de Gobierno, Lic. Anahí Silvia RODRIGUEZ ,solicitando autorización para realizar la venta de pirotecnia, adjuntando los certificados antes mencionados.-
3) - Seguro  de  responsabilidad  Civil  por  un  monto de  Pesos  Cien  Mil.
4) - Fotocopias  de  facturas de compra  a mayoristas autorizados por RENAR.
5) - Fotocopia  del  certificado  de  transporte  autorizado  por  RENAR. (Art. 12ª,  Ley  20429/73).
6) - El certificado de inscripción y el certificado autorizado, serán exhibidos al público en lugar visible, junto a los artificios expuestos para la venta.
7) - Fotocopia  del  documento de  identidad.-
8) - Fotocopia  de la  habilitación del  comercio.
9) - Únicamente se comercializarán artificios pirotécnicos verificados como  de venta libre (clase A-11 o  B-3).
10) - El comercio debe contar con un matafuego tipo A.B.C. por cada 10 m2 de superficie y carteles que indiquen “Prohibido Fumar”, de utilizar artefactos que produzcan chispa o fuego cerca de los artificios pirotécnicos.
11) - Para la exhibición de los artículos pirotécnicos: deben ser inertes o estarán protegidos por celofán, plástico o con sus mechas eliminadas.
12) - Se encuentra  prohibida la venta de artificios pirotécnicos que no se encuentran debidamente registrados.
13) - No se venderán artificios pirotécnicos a menores de 14 años.
14) - No se almacenará material al alcance de terceros.
15) - No se almacenarán artificios pirotécnicos cerca de materiales inflamables, fósforos, encendedores, fuentes de calor, calentadores, estufas, etc.-
16) - Se limita el almacenaja  para este tipo de comercios según su superficie:
- El límite máximo de existencia y/o acopio de artículos de pirotecnia, con una superficie igual o menor a  los 14 m2 (catorce metros cuadrados) será de  25 Kg.;
- La existencia  y/o acopio de artículos de pirotecnia, con una superficie mayor a los  14 m2, será a razón de  10 Kg. por m2 de incremento, con un tope máximo de  250 Kg. independientemente de la superficie existente.
17) - En caso de encontrarse comercializando artículos de pirotecnia sin la correspondiente autorización, se procederá al secuestro en forma cautelar de la misma,  dando  intervención  al  Juzgado de  Faltas  Municipal.-
18) - No  se permitirá  la  venta de  artículos de pirotecnia en locales no  autorizados, como así también en garages,  patios internos de comercios  y/o  viviendas, lugares  no visibles  y de  difícil  detección.-
19) - Asimismo  se  recuerda  que  toda  autorización  es  revocable si  se  verifica  que  las  condiciones  no  se cumplen.-

 
Joomla 1.5 Templates by Joomlashack