Por Resolución 1093/2013 publicado hoy en el Boletín Oficial se asignó
a la Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado la prestación de los
servicios interurbanos de pasajeros en los corredores ferroviarios
Buenos Aires- Córdoba; Buenos Aires-Tucumán y Córdoba-Cruz del Eje,
operados por la Empresa Ferrocentral Sociedad Anónima. La transferencia
abarca el material rodante.
Además se asigna a la Administración de Infraestructuras Ferroviarias
Sociedad del Estado la administración de la infraestructura ferroviaria,
no concesionada a terceros, de los corredores mencionados utilizados
para la operación hasta la actualidad por la Empresa Ferrocentral S.A.
Se instruye a la Administración de Infraestructuras Ferroviarias
Sociedad del Estado y a la Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado a
que, con la debida participación de la Comisión Nacional de Regulación
del Transporte (CNRT) realicen un inventario patrimonial de los bienes
muebles e inmuebles afectados a la prestación de los servicios
ferroviarios involucrados y establezca el estado de situación de los
mismos.
Dichos organismos del Estado deberán evaluar el estado de cumplimiento
de las obligaciones a cargo de la Empresa Ferrocentral S.A., conciliar
las cuentas, establecer la totalidad de los pasivos y activos y realizar
todas las acciones vinculadas a la liquidación del contrato conforme el
régimen contractual y legal aplicable.
Se encomienda a la Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado a
presentar en el término de 60 días corridos, el Plan Operativo y el Plan
de Mantenimiento del Material Rodante para la prestación de los
servicios ferroviarios asignados.
Asimismo se encomienda a la Subsecretaría de Coordinación del
Ministerio del Interior y Transporte a tramitar las adecuaciones
presupuestarías pertinentes.
La resolución lleva la firma del ministro del Interior y Transporte, Florencio Randazzo, y
en los fundamentos expresa que la decisión obedece a la necesidad de
profundizar el proceso de reordenamiento ferroviario y estratégico
establecido por el Estado Nacional.
Recuerda previamente que por el Decreto Nº 1261 de fecha 27 de
septiembre de 2004 el Estado Nacional reasumió la prestación de los
Servicios Interurbanos de Transporte Ferroviario de Pasajeros, de largo
recorrido de carácter interjurisdiccional, cuya supresión había sido
dispuesta en la década de los noventa provocando la desconexión de
numerosos pueblos y ciudades de todo el territorio nacional, llegando en
algunos casos a la desaparición de poblaciones que subsistían a merced
del ferrocarril.