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La UIF estableció mayor control para las donaciones PDF Imprimir Correo
Escrito por Julio César Chaillé   
Lunes, 31 de Enero de 2011 15:35
La Unidad de Información Financiera reglamentó las medidas que deben tener en cuenta las personas jurídicas que reciben donaciones, con el propósito de prevenir casos de posible encubrimiento y lavado de dinero de origen delitcitivo.
La Unidad de Información Financiera (UIF) incrementó y reglamentó las medidas que deben tener en cuenta las personas jurídicas que reciben donaciones para
prevenir, detectar y denunciar los casos de posible encubrimiento y lavado de dinero de origen delictivo.
Las disposiciones, de acuerdo a la resolución 30 de la Unidad de Información Financiera (UIF) publicada hoy en el Boletín Oficial, comprende a todas las entidades que mensualmente reciban donaciones de terceros que sumadas alcancen o superen la suma de 50.000 pesos. Estas entidades deberán establecer políticas de prevención que incluyan la redacción y puesta en práctica de manuales de procedimientos, la designación de un Oficial de Cumplimiento, responsable de implementar la política preventiva e incrementar los datos de identificación de sus donantes o aportantes.
Según la resolución las entidades deberán exigir a sus donantes la documentación respaldatoria del origen de los fondos donados cuando estos superen los 200.000 pesos.
Si la donación es de entre 100.000 y 200.000 pesos alcanzará con la declaración jurada que identifique el origen de esos dineros.
Cuando se trate de un monto inferior, igualmente deberá tener identificado fehacientemente a la persona que hace el aporte y si se trata de una empresa o figura jurídica, a las autoridades responsables de la misma.
 
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