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Arias Gilbert: “Es una cuestión de respeto republicano que los jueces interpreten cada caso en su realidad de mundos” PDF Imprimir Correo
Escrito por AgenHoy   
Viernes, 27 de Abril de 2018 00:00

Así se expresó en “Primera Mañana”, el Juez de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, luego del polémico fallo de la Corte Suprema, que resolvió que no toda prestación de servicios de un particular para una empresa reviste carácter laboral. La Corte Suprema resolvió que no toda prestación de servicios de un particular para una empresa implica relación laboral.
Así surge de un fallo dictado a partir una demanda iniciada por un médico neurocirujano contra el hospital en que trabajaba aduciendo que el vínculo que lo unía a la institución era de carácter laboral.
De esta manera, el máximo tribunal revocó un pronunciamiento de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que había admitido el planteo con fundamento en que “el contrato de locación de servicios no existe más en ningún ámbito del derecho” y que “probada la prestación de servicios, el vínculo era necesariamente de carácter laboral”.
En cuanto al fallo el juez Enrique Arias Gilbert dijo: “Hay que mirarlo con precaución, mal establecido, con una doctrina muy imprecisa, pero que no tiene las condiciones de alarma que le quieren dar”.

 
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